Un hospital en Monterrey para tu familia
Brindar una atención médica de alta calidad, con cálidez y sentido humano es el principal objetivo del Hospital Sierra Madre.
Trabajamos en colaboración con médicos altamente certificados para mejorar la salud y la calidad de vida, manteniendo siempre los más altos estándares de ética médica y profesionalismo.
Nuestros Servicios
HOSPITALIZACIÓN Y QUIRÓFANO
Contamos con un equipo multidisciplinario de médicos y enfermeras especialistas.
URGENCIAS
Servicio médico de urgencias las 24 horas del día los 365 días de año.
MATERNIDAD
Cuidamos la llegada de una nueva vida. Conoce nuestros paquetes de parto y cesárea.
RADIOLOGÍA E IMAGEN
Equipos de alta tecnología y personal técnico y médico certificado la realización e interpretación de estudios de imagen diagnóstica oportuna.
ODONTOLOGÍA
Nos encargamos de la prevención y atención personalizada para tener una boca sana.
LABORATORIO
Laboratorio de análisis clínico equipado con la última tecnología y a cargo de un equipo de profesionales.
NUTRICIÓN
Cuidamos la llegada de una nueva vida. Conoce nuestros paquetes de parto y cesárea.
CUIDADOS INTENSIVOS
Instalaciones especiales para dar soporte vital a pacientes en estado crítico. Unidad para adultos y neonatales.
Derechos y Obligaciones
1.- RECIBIR ATENCIÓN MÉDICA ADECUADA.
La o el paciente tiene derecho a que la atención médica se le otorgue por el personal preparado de acuerdo a las necesidades de su estado de salud y a las circunstancias en que se brinda la atención, así como a ser informado cuando requiera referencia a otro médico.
2.- RECIBIR TRATO DIGNO Y RESPETUOSO.
La o el paciente tiene derecho a que el médico, la enfermera y el personal que le brinden atención médica, se identifiquen y le otorguen un trato digno, con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas con sus condiciones socioculturales, de género, de pudor y a su intimidad, cualquiera que sea el padecimiento que presente, y se haga extensivo a los familiares acompañantes.
3.- RECIBIR INFORMACIÓN SUFICIENTE, CLARA, OPORTUNA Y VERAZ.
La o el paciente, o en su caso el responsable, tienen derecho a que el médico tratante les brinde información completa sobre el diagnóstico, pronóstico y tratamiento; se exprese siempre en forma clara y comprensible, se brinde con oportunidad con el fin de favorecer el conocimiento pleno del estado de salud del paciente y sea siempre veraz, ajustado a la realidad.
4.- DICIDIR LIBREMENTE SOBRE SU ATENCIÓN.
La o el paciente o en su caso el responsable, tienen derecho a decidir con libertad, de manera personal y sin ninguna forma de presión, aceptar o rechazar cada procedimiento diagnóstico o terapéutico ofrecido, así como el uso de medidas extraordinarias de supervivencia en pacientes terminales.
5.- OTORGAR O NO SU CONSENTIMIENTO VÁLIDAMENTE INFORMADO.
La o el paciente, o en su caso el responsable, en los supuestos que así lo señale la normativa, tienen derecho a expresar su consentimiento, siempre por escrito, cuando acepte sujetarse con fines de diagnóstico o terapéuticos, a procedimientos que impliquen un riesgo, para lo cual deberá ser informado en forma amplia y completa en qué consisten, de los beneficios que se esperan, así como de las complicaciones o eventos negativos que pudieran presentarse a consecuencia del acto médico, lo anterior incluye las situaciones en las cuales el paciente decida participar en estudios de investigación o en el caso de donación de órganos.
6.- SER TRATADO CON CONFIDENCIALIDAD.
La o el paciente tiene derecho a que toda la información que exprese a su médico se maneje con estricta confidencialidad y no se divulgue más que con la autorización expresa de su parte, incluso a la que derive de un estudio de investigación al cual se haya sujetado de manera voluntaria; lo cual no limita la obligación del médico de informar a la autoridad en los casos previstos por la ley.
7.- CONTAR CON FACILIDADES PARA OBTENER UNA SEGUNDA OPINIÓN.
La o el paciente tiene derecho a recibir por escrito la información necesaria para obtener una segunda opinión sobre el diagnóstico, pronóstico o tratamiento relacionados con su estado de salud.
8.- RECIBIR LA ATENCIÓN MÉDICA EN CASO DE URGENCIA.
Cuando está en peligro la vida, un órgano o una función, la o el paciente tiene derecho a recibir atención de urgencia por un médico, en cualquier establecimiento de salud, sea público o privado, con el propósito de estabilizar sus condiciones.
9.- CONTAR CON UN EXPEDIENTE CLÍNICO.
La o el paciente tiene derecho a que el conjunto de los datos relacionados con la atención médica que reciba sean asentados en forma veraz, clara, precisa, legible y completa en un expediente que deberá cumplir con la normativa aplicable y cuando lo solicite, obtener por escrito un resumen clínico veraz de acuerdo con el fin requerido.
10.- SER ATENDIDO CUANDO SE INCONFORME POR LA ATENCIÓN MÉDICA RECIBIDA.
La o el paciente tiene derecho a ser escuchado y recibir respuesta por la instancia correspondiente cuando se inconforme por la atención médica recibida de servidores públicos o privados. Así mismo, tiene derecho a disponer de vías alternas a las judiciales para tratar de resolver un conflicto con el personal de salud.
Aseguradoras
Horarios de visitas: 8:00 a.m a 8:00 p.m
Servicio de urgencias 24/7
Permiso de publicidad Cofepris #223300201A2463 | Licencia sanitaria: 192008060 | Responsable sanitario: Dr. Horacio García Guerra C.E.: 4860245 |
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